6.200M€ más para dependencia: ¿te llega?
La ayuda que no estás cobrando
6.200 millones extra para dependencia: qué cambia y qué puedes hacer tú ahora mismo
El Gobierno acaba de aprobar un real decreto ley que mete 6.200 millones de euros adicionales en el sistema de dependencia a lo largo de dos años. Para que te hagas una idea de la magnitud: el Estado va a duplicar el dinero que transfiere a cada comunidad autónoma para financiar el nivel mínimo del SAAD. Es la mayor inversión en dependencia desde que existe el sistema. Esto no es un titular vacío, tiene consecuencias reales para ti.
¿Qué significa en la práctica? Que las comunidades autónomas van a recibir mucho más dinero para pagar prestaciones: la prestación económica de cuidados en el entorno familiar (la que cobras tú si cuidas a un familiar en casa), los servicios de atención a domicilio, las plazas en centros de día y residencias. Más financiación no garantiza que el dinero llegue automáticamente a tu bolsillo, porque cada CCAA gestiona los tiempos a su manera, pero sí abre la puerta a mejoras en cuantías y a reducir las listas de espera que tanto desesperan.
¿Qué puedes hacer tú ahora mismo? Primero, si tienes una solicitud de dependencia pendiente o una revisión de grado sin resolver, dale seguimiento activo en tu comunidad autónoma: el aumento de financiación debería acelerar los procesos. Segundo, si ya cobras la prestación de cuidados familiares y el grado de tu familiar ha empeorado, pide la revisión ya, porque las cuantías van ligadas al grado reconocido. Tercero, si todavía no has solicitado nada, este es el momento: entra en los servicios sociales de tu ayuntamiento o comunidad y pide cita para iniciar el trámite. El dinero existe. La pregunta es si está llegando a quien lo necesita.
La herramienta del lunes
Cámaras en casa de tus padres: lo que dice la ley antes de que compres nada
Esta no es una app, pero es una de las dudas más prácticas y frecuentes que tienen los cuidadores: ¿puedo instalar una cámara en casa de mis padres para supervisarlos cuando no estoy? La respuesta corta es sí, pero con condiciones. Y conocerlas te ahorra un disgusto legal serio.
Lo primero y más importante: si tus padres conservan su capacidad de decisión, necesitas su consentimiento explícito. No vale con que "no les importe". La instalación de videocámaras en un domicilio particular afecta al derecho a la intimidad y está regulada. Si tu padre o tu madre tiene deterioro cognitivo avanzado y no puede prestar ese consentimiento, la cosa se complica: en principio debería haber una medida de apoyo legal reconocida (antes llamada tutela o curatela) que lo respalde. En cualquier caso, las cámaras deben orientarse a zonas comunes del hogar, nunca a baños o dormitorios, y la grabación debe ser proporcional a la necesidad real de supervisión.
¿Para qué sirven en la práctica? Para detectar caídas, para saber si tu familiar ha tomado la medicación o ha comido, para tener tranquilidad cuando estás en el trabajo. Hay opciones desde 30-40 euros (cámaras básicas con conexión al móvil como las de la gama Tapo de TP-Link o las Xiaomi Mi Home) hasta sistemas más completos con detección de movimiento y alertas. Si buscas algo pensado específicamente para mayores, también existen kits que incluyen sensores de actividad que son menos intrusivos que una cámara. Antes de comprar nada, habla con tu familiar, explícale para qué es, y deja constancia de ese acuerdo. Protege a quien cuidas. Y protégete tú también.
Algo para ti también
Si tienes un hijo con discapacidad: hay dinero atrasado que puedes reclamar
Esto va para las familias que cuidan a un hijo o hija con discapacidad y han pasado por una revisión del grado de discapacidad reconocido. El Tribunal Supremo acaba de fijar jurisprudencia en algo que puede suponer ingresos reales para tu familia: los efectos económicos de la prestación por hijo con discapacidad se reconocen desde la fecha en que pediste la revisión del grado, no desde que te la resolvieron.
¿Qué quiere decir esto? Que si solicitaste una revisión del grado de discapacidad de tu hijo, y entre que la pediste y te la concedieron pasaron meses (o años, que es lo habitual), tienes derecho a cobrar la prestación desde el día que presentaste esa solicitud de revisión. No desde que te llegó la resolución. Esa diferencia puede ser mucho dinero acumulado.
¿Qué debes hacer si esto te afecta? Busca la fecha exacta en la que presentaste la solicitud de revisión del grado. Comprueba desde cuándo te están pagando la prestación. Si hay un desfase, tienes argumentos para reclamar la diferencia con esta sentencia del Supremo como respaldo. Lo más recomendable es que te asesore un abogado especializado en derecho de familia o discapacidad, o que contactes con una asociación de tu comunidad vinculada a la discapacidad de tu hijo: muchas ofrecen orientación jurídica gratuita. No dejes pasar esto. Es tuyo.
Cada lunes en A Cargo recibes una ayuda pública que probablemente no estás cobrando, explicada en pasos reales. Sin burocracia.
Suscríbete gratis →Fuentes
- https://www.65ymas.com/sociedad/inversion-historica-estado-en-dependencia-esta-es-cantidad-recibira-cada-ccaa_83862_102.html
- https://www.consalud.es/pacientes/el-foro-espanol-de-pacientes-pide-retirar-el-decreto-que-endurece-el-acceso-a-la-prestacion-cume.html
- https://www.65ymas.com/sociedad/es-legal-hijo-instale-videocamaras-en-casa-sus-padres-mayores-supervisarlos_83548_102.html